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i-medidas-regulatorias-secretaria-salud-publicidad-etiquetadoEl día de ayer fueron presentadas por la Secretaría de Salud las medidas regulatorias de la Estrategia Nacional para la Prevención y Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes, que están relacionadas con la publicidad y el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas.

Y es que ante el reto que representan estos padecimientos, México responde con una estrategia integral.

En materia de etiquetado Mikel Arriola, Comisionado Federal de la COFEPRIS, explicó que en 2015 las empresas tendrán que reportar claramente la fuente de la cual provienen las calorías en el producto, es decir, deberán señalar de manera obligatoria cuántas azúcares, grasas y grasas saturadas contienen los alimentos y bebidas.

De igual forma, puntualizó que la autoridad sanitaria no recomienda una ingesta diaria de azúcar ni de ningún otro nutrimento y que el nuevo etiquetado únicamente transparenta el contenido real del producto para que el consumidor tome mejores decisiones.

En los lineamientos de etiquetado se incluyó la frase “por ciento de los nutrimentos diarios recomendados” –que se refiere a las normas utilizadas internacionalmente como referente a una dieta diaria de 2 mil kilocalorías–; sin embargo, la palabra “recomendados” podría generar confusión haciendo creer al consumidor que los porcentajes señalados representan sugerencias diarias de ingesta.

Por ello, se precisó que se enviaría a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER) una modificación para eliminar esa palabra.

Se anunció, también, que el sello para productos con alto valor nutrimental que se estableció en pasado 15 de abril en el Diario Oficial de la Federación, lo obtendrán exclusivamente los alimentos que sean saludables; pues este sello premia dichos productos e incentiva la reformulación de alimentos y bebidas.

Por otras parte, con el fin de proteger la salud de las niñas y niños, quedaron prohibidos los anuncios de refrescos, botanas, confitería y chocolates en horarios infantiles.

Con esta disposición, que se basa en el horario escolar de la SEP y los niveles de audiencia, sólo podrán publicitarse en programas infantiles aquellos productos que cumplan con criterios nutrimentales.

Las restricciones en televisión abierta y de cable son de las 14:30 a 19:30 horas de lunes a viernes y los sábados y domingos de 7 a 19:30 horas. En tanto, la limitación en cine aplica para las películas con clasificación A y AA.

Con esta medida, se estima que se eliminarán de la barra infantil 55 de las 139 horas anuales de programación televisiva, que equivale a un 40 por ciento de la pauta publicitaria correspondiente a los productos anteriormente señalados. En términos de spots, saldrán del aire, 10 mil 233 anuncios.

Vía: Secretaría de Salud